En el día de hoy se realizará una sesión extraordinaria del Honorable Concejo Deliberante para tratar temas de interés público presentados por el Ejecutivo Municipal, como la disminución de las frecuencias del servicio de transporte de pasajeros de la Empresa Laiolo, ya que durante la pandemia disminuyeron dichas frecuencias, impactando negativamente en la vida de los vecinos del distrito de Alem, que se ven perjudicados de manera directa.
La principal razón del problema, expone el bloque «Frente de Todos», autor del proyecto, sería que la empresa manifiesta que la baja recaudación hace imposible mantener la calidad del servicio en cuanto a sus frecuencias, por lo que proponen declarar la emergencia en materia de transporte público en el Distrito de Leandro N Alem, y la participación económica del municipio para darle una solución y beneficiar así a los vecinos que usan el servicio.
Dice el proyecto para hoy en su totalidad:
Vedia (L.N. Alem), 17 de Febrero de 2023
Al Presidente del Honorable Concejo Deliberante Sr. Omar Pagella
S_______/______D:
De mi consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a usted, y por su intermedio a todos los ediles que conforman el Honorable cuerpo, a los efectos de que consideren el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO: La necesidad de generar una solución al problema del transporte público de pasajeros; y
CONSIDERANDO: Que muchos de los efectos de la pandemia aún perduran en nuestra vida cotidiana, consecuencias de un cambio muy profundo en nuestra sociedad;
Que la forma en la que nos movemos fue modificada fuertemente durante las restricciones impuestas por la pandemia y esas formas de movernos aún perduran ya que el transporte público no logra recuperar aun indicadores previos a la pandemia;
Que en el caso del Distrito de Leandro N Alem, la línea de transporte que brinda la Empresa Transportes Automotores Laiolo S.A. constituye un importante servicio que conecta las tres principales localidades del distrito con la ciudad de Junín;
Que antes de la declaración de la Pandemia de Covid-19 por parte de las autoridades nacionales, el servicio se prestaba con una frecuencia de siete (7) salidas desde la localidad de Alberdi a las 05:48, 06:50, 09:20, 12:05, 14:20, 19:20, y 20:55 horas hacia la localidad de Junín y el servicio de vuelta desde dicha localidad a las 06:00, 09:00, 12:15, 15:30, 18:00, 20:00 y 21:30 horas;
Que en la reanudación de las actividades luego de la pandemia, la empresa presta el servicio únicamente en dos (2) frecuencias de ida y dos (2) frecuencias de vuelta, encontrándose los usuarios en una grave situación al verse reducido de manera considerable el servicio prestado por la empresa;
Que según argumentan desde la empresa dicha prestación se debe a los bajos niveles de recaudación con que la empresa cuenta actualmente, ya que la pandemia – como en casi todos los rubros – impacto negativamente en la ecuación financiera de la empresa debiendo reestructurarse los servicios prestados;
Que es importante mencionar que dicha empresa es la única prestataria del servicio público de transporte de pasajeros interurbano revistiendo de tal manera de una gran importancia para los habitantes de nuestro distrito;
Que lo anteriormente mencionado toma una trascendental relevancia si tenemos en cuenta que dicho servicio público es utilizado por los usuarios para concurrir a sus puestos de trabajo, para ir a instituciones educativas, para realizar estudios médicos, etc;
Que en dicho sentido es importante remarcar que es función del estado municipal propender al bien común de los habitantes del distrito, siendo necesario en esta situación particular utilizar las herramientas a su alcance con la finalidad de intentar regularizar el servicio público de transporte de pasajeros con la finalidad de que los usuarios dispongan de mas frecuencias horarias para movilizarse;
Que ante tal circunstancia se torna necesario declarar la emergencia en materia de transporte público de pasajeros en el ámbito del Distrito de Leandro N Alem y facultar al Departamento Ejecutivo Municipal para llevar a cabo todas las acciones necesarias a los efectos de mitigar dicha situación;
Por ello;
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Leandro N Alem, en uso de las facultades que le otorga la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: Declárese la emergencia en materia de transporte público en el Distrito de Leandro N Alem.
Artículo 2º: Autorícese al D.E.M. a otorgar subsidios a la empresa Transportes Automotores Laiolo S.R.L. con la finalidad planteada en los considerandos de la presente.
Artículo 3º: Facúltese al D.E.M. a realizar todos los actos administrativos necesarios con el fin de cumplir con el objetivo planteado precedentemente.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos.
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