Nicolás Del Caño, Myriam Bregman, Alejandro Vilca y Romina del Plá son los autores del proyecto de ley que exige un aumento de emergencia para el salario mínimo y las jubilaciones, como respuesta ante la disparada de precios. También plantean que ningún trabajador cobre menos de lo que cuesta la canasta familiar y una actualización automática.
En el distrito de Leandro N. Alem, semanas atrás, el intendente anunció un incremento de los salarios de los empleados municipales “legales” (no así para los empleados municipales cooperativistas) del 50 %. Hay quienes señalan que aquel aumento no fue sobre el salario que cobran los municipales sino sobre el básico: tamaña diferencia. Para los cooperativistas, el aumento habría sido del 20%.
Ante la acuciante inflación que desgasta mes a mes el poder de compra de los salarios y de los ingresos de sectores populares, desde la bancada del Frente de Izquierda Unidad se presentó este miércoles un proyecto de ley para aumentar un 30 % los salarios, haberes jubilatorios, la asignación universal por hijo, los planes “Potenciar Trabajo” y las pensiones vitalicias a los ex combatientes de Malvinas.
«Este aumento general es absolutamente independiente de las negociaciones paritarias de los sindicatos con los empleadores y por lo tanto no podrá tomarse como parte de dichas negociaciones», indica el artículo 1 del mencionado proyecto.
La inflación en marzo alcanzó un nivel récord en 20 años, con una variación de 6,7 % mensual y de 55,1 % interanual, según datos oficiales. Por su parte, los alimentos y bebidas ya acumulan un aumento del 20,9 % en sólo tres meses del año y una inflación de casi el 60 % en 12 meses.
Por este motivo, y para poner un freno a la caída de poder de compra de los salarios, los diputadxs el FITU exigen una suba de emergencia del salario mínimo, vital y móvil a $ 85.000, es decir, igualándolo a la Canasta Básica que mide el Indec, con una actualización mensual automática según la variación de precios.
Así, el artículo 2 del proyecto dice: «Queda establecido un salario mínimo vital y móvil de emergencia de $ 85.000 (pesos ochenta y cinco mil) mensuales en todo el ámbito de la República Argentina para las y los trabajadores mensualizados que cumplen jornada legal de trabajo a tiempo completo. El pago de este salario mínimo es obligatorio, tanto para empresas privadas, como dependientes de la administración Pública Nacional, las Administraciones Públicas Provinciales y Municipales y todos los organismos, entidades y empresas donde estas jurisdicciones actúen como empleadores».
Y en el artículo 5 se propone la actualización automática según el ritmo inflacionario: «el salario de todos los trabajadores y trabajadoras de la actividad tanto estatal como privada o empresas autárquicas, sean efectivos o por cualquier modalidad de contratación registrada, no registrada o defectuosamente registrada, los haberes jubilatorios, la Asignación Universal por Hijo, las pensiones para ex combatientes de Malvinas se ajustarán automáticamente en forma mensual, según la variación que registre el INDEC en su medición del costo de la Canasta Básica Total (CBT). El ajuste no tendrá lugar cuando la variación del costo de vida sea negativa».
En los considerandos se destaca la grave crisis social que atraviesa la clase trabajadora y el pueblo pobre en el país. «Traemos a consideración de este cuerpo el presente proyecto de ley que actualiza y reafirma el oportunamente presentado por este bloque del Frente de Izquierda hace apenas un año y tres meses, debido a que continuamos atravesando una situación de grave crisis social en Argentina, con millones de personas bajo la línea de pobreza, una escalada inflacionaria que pulveriza los ingresos aumentando el costo de vida».
«Los datos oficiales también confirmaron que con una tasa similar de desempleo respecto a 2017, la pobreza saltó del 25,7 % al 37,3 % y la indigencia del 4,8 % al 8,2 %. Ejemplo cabal de ello es que en apenas un poco más de un año de la presentación del proyecto de ley por un aumento de emergencia del Salario Mínimo, Vital y Móvil a $ 50.000 de aquel entonces, la inflación acumuló una variación del 70 % que obliga necesariamente a fijar un nuevo valor de $ 85.000 como mínimo para el salario de las trabajadoras y los trabajadores del país».
Si bien se toma como referencia el costo de la Canasta Básica Total que elabora el Indec, se trata de un umbral mínimo que establece la línea de pobreza y que no alcanza a satisfacer las necesidades de vida de una familia trabajadora. Es por eso que el proyecto aclara que «Este proyecto de ley de elevación del salario mínimo a 85.000 pesos es una medida de emergencia, mientras continuamos la pelea para que cubra el costo de la canasta de consumos mínimos estimada por la JI de ATE INDEC. Y es también parte de un conjunto de medidas que planteamos desde el Frente de Izquierda Unidad como un aporte a la lucha y la organización de la clase trabajadora y los sectores populares que es el único camino para que la crisis actual la paguen los que la generaron: los banqueros, los terratenientes y los grandes empresarios».
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