En la última sesión del Honorable Concejo Deliberante, el Bloque Frente de Todos – Unidad Ciudadana presentó un Proyecto de Ordenanza para implementar perspectiva de género en la cartelería vial y señalización urbana.
Considera además, entre otros puntos, que al observar la señalización vial de la provincia de Buenos Aires se puede constatar que todas las siluetas son masculinas, invisibilizando a las mujeres como usuarias del espacio público .Esta forma de reproducir una realidad sexista, arraigada como esta en el imaginario y la vida colectiva, requiere que ofrezcamos una nueva mirada que provoque
También menciona que si bien ciudades de Europa y Asia han sido punta de lanza en esta revisión de la imagen, la comuna cordobesa de Laguna Larga fue la primera en elaborar una ordenanza a tal fin en Argentina.
Que el enfoque de debe ser transversal en el campo de las acciones políticas y de gobierno, exigiendo la implementación de nuevas estrategias e instrumentos que resulten inclusivos y contemplen la diversidad. Por ello entienden que una de de las estrategias posibles gira en torno a la incorporación de dicha perspectiva en las políticas de planificación y ordenamiento de los espacio públicos, entre ellos, el conjunto de las señales destinadas a la regulación de los flujos de personas o de vehículos, y de esta forma establecer su representación morfológica en la señaléctica urbana.
Dicen los artículos del proyecto:
ARTICULO 1°: Establézcase un criterio de perspectiva de género en la cartelería vial y señalización urbana del Partido de LN Alem y sus localidades.
ARTICULO 2°: Defínase un criterio de adecuación de la señalización urbana y un principio de paridad a la incorporación de nueva cartelería.
ARTICULO 3°: Solicítese la coordinación de las áreas que se consideren competentes para el diseño de las imágenes morfológicas correspondientes.
ARTICULO 4°: Solicítese la coordinación de las áreas que se consideren competentes el esquema de distribución equitativo, acordes a las zonas geográficas a señalizar.
ARTICULO 5°: Solicítese a la secretaría de Obras Públicas a autorizar la adecuación y distribución de cartelería, definiendo criterios de paridad, proveyendo de los insumos necesarios para dicha intervención.
ARTICULO 6°: Comuníquese a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, al Ministerio de Mujeres y Diversidades de la Provincia de Buenos Aires y al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación.
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