En la sesión última del Honorable Concejo Deliberante, el bloque de concejales del Frente de Todos propuso un proyecto de ordenanza referido a la creación del registro de deudores alimentarios del distrito de Leandro N. Alem.
Dice el proyecto que, ante la necesidad de protección de una niñez/adolescencia, puntualmente en relación a la necesidad de regularizar situaciones que hacen a la correcta convivencia de padres e hijos separados, cumpliendo con lo estipulado por la Ley, y considerando, entre otras cosas, la obligación de prestar alimentos a los hijos se extiende hasta los veintiún años, aunque puede subsistir hasta que éste alcance la edad de veinticinco años, si la prosecución de estudios o preparación profesional de un arte u oficio, le impide proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente, y que es por ello que la creación de un REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS en el Distrito de Leandro N. Alem, para asentar a quienes se encuentren en infracción-incumplimiento a lo que norma la ley aquí traída.
Además, el Registro tendrá por finalidad que, toda persona que se encuentre inscripto en el mismo se le prohíba la realización de relaciones contractuales de cualquier naturaleza que tengan que ver con nuestro municipio , como así también le esté totalmente vedada la posibilidad de ser funcionario/a y/o candidato/a del poder ejecutivo o legislativo de esta Institución Gubernamental, como una forma más de exigirles el debido cumplimiento de sus obligaciones alimentarias.
Serán funciones del Registro llevar un listado de todos/as aquellos/as personas que adeuden, juntas o alternadas, en forma total tres cuotas o parcialmente cinco cuotas alimentarias, ya sean alimentos provisorios o definitivos fijados u homologados por sentencia firme. Para ello se requerirá al Juzgado de Paz Letrado de nuestra localidad, los informes al respecto que fueran necesarios, y serán incluidos también en el Registro los condenados penalmente por incumplimiento.
También dice el proyecto, que se deberá mantener absoluta reserva del REGISTRO que deberá ser utilizado únicamente a los fines aquí creado, dentro del ámbito de funcionamiento municipal.
La anotación y eliminación (de los infractores) en el REGISTO, deberá realizarse en forma exclusiva por información judicial, notificado el correcto cumplimiento de la obligación alimentaria.
La Municipalidad de Leandro N. Alem no podrá otorgar habilitaciones de ninguna naturaleza, o concesiones, a quienes se encuentren inscriptos en el registro. Las Oficinas o autoridades que correspondan, antes de realizar la autorización necesaria deberá solicitar al Registro la certificación pertinente a efectos de constatar que las persona/s de referencia no se encuentren inscriptas como deudores alimentarios.
También dice el proyecto en uno de sus artículos, que los proveedores de la Municipalidad de Leandro N Alem, a efectos de su inscripción como tales, se le hará saber que es requisito para la misma, que su persona no se encuentre inscripto/a en el Registro; cuando se trate de personas jurídicas el requisito será por la totalidad de sus directivos, en consecuencia al requerir la inscripción deberá denunciar el nombre de la totalidad de los mismos de la sociedad que se tratara de inscribir.
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