Podrán solicitarse desde el lunes 4 hasta el viernes 29, a través de la página web.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detalló hoy los pasos a seguir para los monotributistas y autónomos que quieran solicitar los créditos a tasa 0%.
La guía fue publicada en el Boletín Oficial, a través de la Resolución General 4707/2020, ylos préstamos podrán gestionarse desde este lunes 4 de mayo.
Según la resolución, los beneficiarios deberán tramitar el otorgamiento a través de la página web de la AFIP, con clave fiscal.
Tras completar sus datos, el sistema indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado y la persona deberá ingresar el importe exacto del crédito que solicita. En caso de tener, se deberá ingresar el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria. En caso de no contar con una, deberán informar a la entidad bancaria la elección para la tramitación del crédito solicitado. Los bancos tendrán que emitir una tarjeta sin costo.
Según el Gobierno, casi 2,5 millones de personas podrían acceder a estos créditos, aunque para determinar el universo final de beneficiarios la AFIP y el Banco Central deben hacer cruces más finos.
El organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont pondrá a disposición del Banco Central información correspondiente al crédito, los importes totales de los tres periodos fiscales con vencimiento posterior al otorgamiento del beneficio, “en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales, en los casos de pequeños contribuyentes, y aportes previsionales, para los casos de trabajadores autónomos”.
La AFIP aclaró también que “en caso de no resultar procedente, el sistema indicará al contribuyente los motivos por los cuales se deniega la solicitud”.
Paso a paso
1- Ingresar a la página web de AFIP con clave fiscal nivel 2 o superior.
2- Seleccionar el servicio web “Crédito Tasa Cero”, a partir del 4 de mayo y hasta el 29.
3- Se indicarán los montos mínimos y máximos del crédito y el contribuyente deberá indicar cuál es el monto con el que pretende contar.
4- Ingresar su Clave Bancaria Uniforme (CBU) y una serie de números de la tarjeta de crédito, en la que se le acreditará el préstamo. Quien no tiene tarjeta de crédito, debe informar el banco que elige. En ese banco va a poder solicitar una tarjeta de crédito o una “Cuenta a la vista para compras en comercios” donde le van a acreditar el préstamo.
5- La AFIP le informará al Banco Central (BCRA) los datos ingresados por cada contribuyente para que los valide y confirme si coinciden con los ingresados en el portal.
6- De ser correctos todos los datos, el BCRA enviará la información a los bancos para que sepan cuáles son los créditos que deben otorgar, a qué clientes y por qué montos.
7- Los beneficiarios deberán solicitar el crédito al Banco: puede hacerse a través de cada homebanking.
8- Los monotributistas que paguen el impuesto por débito automático deben solicitar un «stop debit», ya que los montos de los próximos tres meses estarán incluidos en el crédito y los percibirá directamente la AFIP.
9- Como adelantó TN.com.ar, quien tome este préstamo no podrá acceder al mercado cambiario para comprar dólares para atesoramiento hasta que devuelva el crédito.
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