La Municipalidad de Leandro N. Alem informa que el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Bs. As., en el marco del expediente EX-2020-07946863-GDEBA y mediante nota Nro. NO-2020-08142668 autorizó al Ejecutivo Municipal para habilitar el desarrollo de las actividades y servicios correspondientes a la Decisión Administrativa N° 524/2020 del Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación. Asimismo, aquellos que estén ejerciendo estas actividades o quienes deseen sumarse deberán consultar el protocolo sanitario y de funcionamiento.-
Recordamos que a la fecha las actividades autorizadas legalmente a funcionar son
1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
2. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
3. Atención médica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
4. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
5. Ópticas, con sistema de turno previo.
6. Establecimientos Municipal para la atención de personas víctimas de violencia de género.
Se informa que las demás actividades no comprendidas en la presente permanecen en trámite de autorización por parte del Gobierno Provincial.
MIRÁ EL PROTOCOLO DE ACTIVIDADES PERMITIDAS en este enlace.
Para más información, ingresá en: https://bit.ly/2YiJgdb
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