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martes 17, mayo, 2022

SE EXTIENDE A 20 MUNICIPIOS MAS LAS ACTIVIDADES DE EXCEPCIÓN Y NO INCLUYE A LEANDRO N. ALEM

26 abril, 2020 by Redacción El Vediense Deja un comentario

Se trata de medidas excepciones que fueron sugeridas por los intendentes y evaluadas y habilitadas por el gobierno provincial. De qué se trata y a cuántos municipios alcanzará la medida.

El gobierno de Axel Kicillof extendió la flexibilización de la cuarentena a 20 municipios que se suman a los 28 que se habían habilitado el último viernes. Se trata de las actividades que, paulatinamente, comienzan a ser una excepción en algunos distritos bonaerenses, pero que previamente fueron evaluadas por los propios intendentes y finalmente aprobadas o no, por las autoridades provinciales.

Los nuevos distritos son 25 de Mayo, Bahía Blanca, Bolívar, Campana, Chascomús, Coronel Dorrego, General Lamadrid, General Madariaga, General Paz, Guaminí, Luján, Magdalena, Pellegrini, Roque Pérez, San Cayetano, Tandil, Tornquist, Villa Gesell, Villarino, que no estaban en la primera lista difundida.

Esta es la lista de actividades autorizadas:

  1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
  2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
  3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.
  5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
  6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
  7. Ópticas, con sistema de turno previo.
  8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
  9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

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Publicado en: Provinciales

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