• Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Saltar al pie de página

Suscríbete!

Si ya estás suscrito

Ingresar

booked.net

Farmacia de turno

Trapaga

Search

EDITORIAL

RELATOS VEDIENSES

HISTORIETAS

  • Servicios Útiles
    • Farmacias de Turno
    • Horarios de Colectivos
    • Teléfonos Útiles | Vedia
    • Necrológicas
  • Inicio
  • Edición Regional
  • Provinciales
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Impacto Deportivo
  • Notas de Opinión
  • Inicio
  • Edición Regional
  • Provinciales
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Impacto Deportivo
  • Notas de Opinión
  • Servicios Útiles
    • Farmacias de Turno
    • Horarios de Colectivos
    • Teléfonos Útiles | Vedia
    • Necrológicas
martes 20, enero, 2026

Provincia: prohíben cortar servicios de energía y agua por falta de pago

3 abril, 2020 by Redacción El Vediense Deja un comentario

Provincia: prohíben cortar servicios de energía y agua por falta de pago

El decreto busca evitar los cortes para los sectores más vulnerables ante la pandemia.

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires adhirió a la medida nacional que prohíbe a las empresas cortar los servicios “en casos de mora o falta de pago” para usuarios que se encuentran en situación de vulnerabilidad social, como forma de mitigar el impacto económico de la pandemia de coronavirus Covid-19.

Se trata del decreto 194 publicado este viernes en el Boletín Oficial bonaerense, y que abarca a los servicios públicos de distribución de energía eléctrica y de agua potable y desagües cloacales bonaerenses.

Con la medida, el gobernador Axel Kicillof dispuso que esos prestadores no podrán suspender o cortar los servicios a los usuarios que indica el artículo 3° del Decreto Nacional N° 311/2020, en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020, incluyendo a quienes ya tenían un aviso de corte en curso.

A quién beneficia?

El decreto busca evitar los cortes para beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el salario mínimo, y usuarios inscriptos en el régimen de monotributo social.

También beneficia a jubilados, pensionadas y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos; monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo y usuarios que perciben seguro de desempleo.

Tampoco se podrán cortar los servicios a los electrodependientes, usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares; exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

Están incluidas las micro, pequeñas y medianas empresas; las cooperativas de trabajo o empresas recuperadas; las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia; y las entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.

Mediante el decreto 194, se determinó además que los prestadores de servicios de distribución de energía eléctrica y de agua potable y desagües cloacales “deberán otorgar a los usuarios y las usuarias, planes con facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen durante el plazo de vigencia de las medidas aquí dispuestas”.

“Los prestadores deberán dar adecuada publicidad a lo dispuesto en el presente decreto respecto de los servicios a su cargo. Asimismo, los Organismos de Control y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos deberán publicar el presente en sus respectivas páginas web.

 

Publicado en: Provinciales

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.

Barra lateral principal

Footer

El Vediense

Manuel Dorrego 166 (6030) / Vedia (BA) / Argentina

Email: elvediense1@gmail.com

TEL: 0236 154654476/ 15466778

deadpool putlocker

Síguenos en las Redes Sociales

Facebook

Instagram

Director: Juan Carlos Cambursano

Propietario: Laura Leticia Rojas

Diseño y Desarrollo Web: Ana Carla Mighella

DND: EX – 2022- 27768199 – – APN- DNDA#MJ

 

 

 

Edición N°: 2241

Copyright © 2026 · Desarrollado y diseñado por @carmigh