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viernes 6, febrero, 2026

Cambios en la cédula verde de los autos particulares

La normativa entra en vigencia desde el 5 de abril del corriente año.

5 abril, 2021 by Redacción El Vediense Deja un comentario

   

Por Redacción Grupo La Verdad

El 5 de abril próximo comenzará a regir una nueva disposición sobre la cédula para los propietarios de automóviles.

Las Cédulas de Identificación de los Automotores y Motos -ya no se diferencian entre verdes o azules- tendrán una vigencia de un año corrido a partir de su expedición y no de tres como sucede actualmente. Así lo dispuso el gobierno, aunque la modificación solo constará para aquellas personas que no sean titulares del vehículo. También quedarán excluidos del plazo de un año para la renovación los conductores debidamente habilitados por la autoridad competente al uso taxi o remís.

Esta cédula es el documento que identifica el vehículo con su propietario: el titular tiene la potestad de disponer que otras personas puedan utilizar su auto o moto, aunque deben sacar una tarjeta que habilite su uso. La Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) decidió derogar una Disposición de mayo de 2019 (dictada por el Gobierno anterior) justamente para la renovación de las Cédulas de Identificación para aquellos que no sean propietarios de los vehículos. La DNRPA consideró que el plazo de vigencia de tres años para este instrumento (vigente desde el 2 de mayo de 2019) era «excesivo para ordenamiento del tránsito vehicular”.

En la nueva disposición “se baja el plazo de licencia de la misma a un año, cuando antes era de tres años” explicó Alejandra Liaño, titular del Registro Nro. 1, de Junín.

Por otro lado se dieron a conocer las excepciones a la norma. La medida no regirá cuando esa cédula se encuentre en poder del titular (o cotitulares) del vehículo.

También quedan excluidos los casos de automotores destinados, y debidamente habilitados por la autoridad competente, al uso para taxi o remís, el servicio de alquiler sin conductor, el transporte de carga o de pasajeros o registrados a nombre del Estado nacional, provincial o municipal. Estos no tendrán plazo de vencimiento.

               

Publicado en: Nacionales, Sin categoría

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